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¿Por transferencia o en efectivo?

Aunque se ha establecido en una norma legal, no pocos actores de la economía en Sancti Spíritus hacen resistencia al pago electrónico

transferencia

Dos paquetes de galletas y una caja de jugo de piña fue el pedido de la mujer que llevaba de la mano a su pequeña impaciente por recibir las golosinas. Tarjeta en mano y con Transfermóvil listo, se dispuso a pagar cuando la voz del vendedor le espetó sin miramientos: “No aceptamos transferencias, solo pagos en efectivo”.

Casos similares llegan a la redacción de Escambray, que, en una pesquisa por más de una docena de establecimientos estatales y particulares, tanto de trabajadores por cuenta propia como mipymes, detectó que únicamente dos aceptaban el pago mediante tarjeta magnética.

Desde el pasado agosto Cuba comenzó un proceso gradual de bancarización que busca potenciar el uso de canales y medios electrónicos de pago. Las disposiciones de la Resolución No. 111 del 2023 del Banco Central de Cuba, que establece nuevos mecanismos para las operaciones bancarias ante la actual situación de escasez de efectivo en las sucursales, persigue facilitar el empleo de los medios, dispositivos y pasarelas de pago virtuales existentes, en aras de reducir el dinero en efectivo en el contexto de crisis económica, con inflación incluida, que vive el país.

Están sujetos a esta norma las empresas estatales, organizaciones superiores de la dirección empresarial, unidades presupuestadas, cooperativas no agropecuarias, productores agropecuarios, agricultores individuales, pescadores comerciales, micro, pequeñas y medianas empresas, proyectos de desarrollo local, los trabajadores por cuenta propia, artistas y creadores.

No es que se elimine el pago en efectivo en las operaciones de compra y venta, sino que se trata de un proceso gradual para minimizar su uso, según explican especialistas de las sucursales bancarias del territorio.

Algunos actores económicos, fundamentalmente privados, se resisten a las nuevas disposiciones sin argumentos sólidos; la normativa, como todo proceso acelerado, ha encontrado fricciones que lo tratan de frenar, pero también elementos que lo potencian.

Hay establecimientos donde las justificaciones van desde el hecho de que no saben cómo se realiza el proceso de utilización del código QR, que el post no sirve, o no tienen ninguna de las plataformas electrónicas creadas. Por si fuera poco, quienes deciden pagar con dinero contante y sonante se encuentran con que algunos de los particulares ni siquiera aceptan billetes de denominaciones pequeñas.

Una encuesta que publica la versión digital de Escambray muestra a las claras el poco entendimiento que hay en ese sentido. A la pregunta: ¿Han aceptado los nuevos actores económicos tu pago de forma virtual a través de las pasarelas Transfermóvil o EnZona?, el 58 por ciento de los encuestados ha dicho que algunos sí; otros, no; el 36 por ciento asegura que ninguno lo acepta y únicamente el 6 por ciento afirma que todos acceden a esa forma de pago.

Pedro Jorge Lugo, trabajador de una de una de las mipymes que venden productos varios en el municipio cabecera, alega en su defensa que “no le conviene el pago electrónico” y argumenta: “La 111 solo te deja sacar una cantidad pequeña de efectivo y lo demás a través de instrumentos de pago y títulos de crédito distintos del efectivo. Son muy engorrosos los trámites bancarios, ¿cuántas veces al mes tengo que ir si quiero invertir en una compra grande?”.

De ese criterio difieren los entendidos. “En realidad, no quieren porque para comprarle a otra mipyme necesitan el efectivo, algo que va en contra de la Resolución No. 111, que dice que las actividades comerciales entre los diferentes actores económicos que excedan los 5 000 pesos deben utilizar otros medios de pago que por demás son más convenientes, ya que  los trabajadores por cuenta propia, las mipymes y los particulares son clientes del Banco y pueden hacer pagos por transferencia entre ellos mismos y así tener una contabilidad más transparente”, aclara Aymée Hernández, al frente de la sucursal 5241 de Bandec, una de las 15 con mayor nivel de operaciones en el país.

A estas alturas de la bancarización, las justificaciones en ese sentido están de más, sobre todo a partir de que hace apenas unos días la Gaceta Oficial de la República hizo pública la Resolución No. 93/2023 del Ministerio de Comercio Interior, que entrará en vigor en los primeros días del mes de diciembre y recalca la obligatoriedad de las entidades dedicadas al comercio de asegurar a los consumidores el acceso y uso de los canales electrónicos de pago.

La norma establece, como requisito para esos establecimientos, poseer las facilidades de pago por las pasarelas nacionales o terminales de punto de venta para la comercialización de bienes y prestación de servicios al consumidor, medida extensiva a todas las personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales objeto de inscripción en el Registro Central Comercial.

Las ventajas de estos métodos de pagos son varias, como la trazabilidad y la reducción de la manipulación de efectivo de los dependientes, pero al menos en la provincia de Sancti Spíritus son pocas las bodegas cuyos ingresos provienen de pasarelas electrónicas y solo algunos de los Mercados Artesanales Industriales ofrecen esa posibilidad.

Aunque habrá quienes por razones diversas sigan utilizando el efectivo, la bancarización avanza y no hay duda de que los canales electrónicos de pago ofrecen seguridad, rapidez, comodidad, inmediatez y, en la mayoría de los casos, ahorro económico por concepto de bonificaciones.

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