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Actualizan en Cabaiguán régimen de tributación de trabajadores por cuenta propia

El período de tránsito para desarrollar el proceso inició el 20 de septiembre y concluirá el 31 de diciembre del actual calendario. Tributaciónde trabajadores por cuenta propia.

tributación
Por el momento solo 24 cuentapropistas han presentado su solicitud para permanecer en el Régimen Simplificado de Tributación.

Por: Alexey Mompeller Lorenzo

A partir del próximo año los trabajadores cabaiguanenses por cuenta propia pasarán al Régimen General de Tributación, excepto aquellos contribuyentes a quienes les aprueben realizar su actividad bajo el Régimen Simplificado.   

Yeimy Mondeja Figueroa, especialista en atención al contribuyente en la Oficina Municipal de la Administración Tributaria (ONAT), señaló que el período de tránsito para desarrollar la actualización inició el 20 de septiembre y concluirá el 31 de diciembre del actual calendario.

“El potencial que no efectúe el trámite en el marco fijado, en enero pasarán automáticamente al Régimen General de Tributación; pero ello no significa que perderán la oportunidad de formalizar la petición. Los interesados pueden acercarse a la ONAT, aquí les entregamos la documentación para ejecutar el proceso”, apuntó.

Hasta el momento solo 24 de estos actores económicos han presentado a esa instancia su solicitud para mantenerse en el Régimen Simplificado,  “decisión que depende de las valoraciones acometidas a partir de la interpretación que se haga de sus ingresos y gastos contabilizados en 2020”, añadió Mondeja Figueroa. 

Comentó que como requisitos para clasificar en el Régimen Simplificado, se exige no exceder los 200 000 pesos y carecer de fuerza laboral contratada. En cuanto al pago de tributos en este segmento, dijo, abonan el 20 por ciento de los ingresos obtenidos en el mes y tienen un mínimo exento de 3 260 pesos cubanos.

La totalidad de estas figuras, independientemente del régimen en que permanezcan inscritas, tienen la obligación de presentar la Declaración Jurada.  

Los trabajadores por cuenta propia del Régimen General quienes dispondrán de una cuenta bancaria fiscal aportan, entre otras retenciones, el 10 por ciento de los ingresos mensuales como impuesto sobre los servicios o las ventas.

“Del impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo, solo hasta 3 trabajadores contratados, pagan el 5 por ciento del total de remuneraciones liquidadas a ese personal”, concluyó.

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