Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Licenciado en Derecho)
Sostenían el filósofo francés Jean Paul Sartre y el novelista cubano Alejo Carpentier que el quehacer literario se teje sobre contextos de todo tipo.
Así, los poemas épicos sumerio y aqueo, respectivamente, Gilgamesh e Ilíada, las novelas españolas El ingenioso hidalgo don Quijote de La Mancha y El 2 de mayo, cuyos autores son archiconocidos entre los lectores hispanohablantes y no creo necesario el nombrarles, y las cubanas Espejo de Paciencia, de autor canario avecindado en villa colonial principesca, y Cecilia Valdés, del no menos conocido costumbrista cubano vueltabajero, en sus rimas y narraciones recrea cada una, a su manera, los avatares de un mítico rey mesopotámico en busca de la inmortalidad; la enardecida coalición griega enfilada a castigar el rapto de una mujer por un enamoradizo príncipe teucro; las andanzas de un enajenado caballero armado que se hace acompañar de un improvisado escudero para desfacer entuertos en la polvorienta Castilla feudal; la insurrección del pueblo español contra el ocupante francés bonapartista; el cruento enfrentamiento entre insulares católicos y corsarios luteranos por el rescate de un clérigo, y la discriminación social de negros esclavos y mulatos, aderezada con amores incestuosos en La Habana del primer cuarto de la decimonovena centuria, todas ellas nos revelan los múltiples contextos históricos de escenarios que se hunden casi tres mil años antes de Cristo hasta principios del apuntado siglo XIX cubano, donde se desarrollan sus argumentos, entretejidos por cuerdas normativas del código mesopotámico del emperador Hammurabi; las constituciones de los basileus Licurgo, Dracón y Pericles; las Partidas alfonsinas del Rey-Sabio, decantadas en una Nueva Recopilación de Felipe II; los aires liberales insuflados a la primigenia carta magna gaditana de 1812; el ordenamiento administrativo(1574) del oidor Cáceres, también canario, a las primeras villas cubanas, y el odioso Bando de Gobernación y Policía (1842) del capitán general español don Gerónimo Valdés: con creces, evidencian los contextos jurídicos de aquellos jalones históricos escritos en versos o en prosas.
El derecho y la literatura son manifestaciones de la conciencia social; cada uno refleja la realidad material, a su modo, de la sociedad que los engendra.
Sus esencias responden al momento histórico concreto en que se producen, y por ello, se intiman, pero no se fusionan, conservan sus individualidades.
Apareadas, las normas jurídicas y las bellas letras han transitado por todas las sociedades clasistas hasta nuestros días.
Por inocuas que broten en la imaginación de sus autores, la prosa y el verso descansan en el sustrato normativo y punitivo de la organización política de la sociedad.
La fértil imaginación de los creadores literarios puede viajar al pasado y recrear una atmósfera social que dejó de existir; los sistemas jurídicos, ya sobrepasados por la historia, a veces, lamentablemente, resucitan en el presente.
Así pues, con este breve artículo (como tal, me atrevo a llamarle) revelo a la atención de colegas en la enseñanza del Derecho (y de algún que otro interesado en el asunto) la ligazón que trenza entramados jurídicos, entornos históricos y acciones épicas o narrativas, donde los autores desencadenan sus recreaciones, cuyos argumentos, si estimulan a los estudiantes, devienen en auxilio de temas áridos o monótonos, de poco interés, pero imprescindibles en el currículo de forja de un profesional del Derecho, amén de intento de elevar su bagaje cultural, bastante maltrecho, por cierto.
En las clases que he impartido en las asignaturas curriculares de Historia General del Estado y el Derecho, Historia del Estado y el Derecho en Cuba y Derecho Romano, disciplinas que se cursan en el primer año de la carrera, el sustrato jurídico de obras literarias, foráneas y nacionales, seleccionadas para su fundamentado soporte histórico, se adecuan a lo anteriormente expuesto.
Acompañado de estas consideraciones muestro mis experiencias docentes, fruto de su aplicación en clases y que someto a la paciencia de quien ose leerme. Solo, para evitar el agobio del atrevido lector, ilustro con la asignatura Historia General del Estado y el Derecho.
Los contenidos temáticos se inician en la antigüedad más remota, la comunidad primitiva, recorren las sociedades esclavista, feudal y capitalista, hasta concluir con las guerras independentistas latinoamericanas, sin demeritar la Revolución Francesa de 1789.
El sendero docente avanza de una formación económica social a otra, según los textos literarios seleccionados, criterio que atiende a su más objetiva representatividad del período histórico en cuestión, la tangibilidad de su urdimbre legal y la meridiana densidad de su narración, más la existencia material de los propios textos literarios.
Como este último extremo es casi un escollo insalvable, me di a la tarea de redactar un texto auxiliar para dicha asignatura, con pasajes literarios de las obras invocadas, que, con sangre, sudor y lágrimas, logré que se publicara en formato digital en la Editorial Universitaria[1] (EdUniv), en el año 2013 (a disposición de quien lo interese en el repositorio de la Universidad de Sancti-Spiritus o en esta emisora); desde entonces lo empleo en clases.
Pero no todo es color de rosas; en mis propósitos he tenido que conjurar dos maleficios: el poco interés que muestra una aplastante mayoría de alumnos por las lecturas literarias (¡a pesar de cursar una carrera humanística, muchos prefieren lo irrelevante y banal de la cultura enlatada!) y el desconocimiento de obras y autores que, supuestamente, deben haber estudiado en años preuniversitarios.
No obstante, no cejo en mis empeños.
A seguidas reseño las obras literarias empleadas, el contexto histórico al que responden y las normas jurídicas vigentes en la etapa de desarrollo del Derecho.
Obra literaria | Autor | Contexto histórico | Orden jurídico |
Los Conquistadores del Fuego | J.H. Rosny | Comunidad primitiva | No existía |
¿Quo vadis? | H. Sienkiewicz | Esclavismo romano | Ley XII Tablas |
Las Mil y una Noches | Anónimo | Feudalismo islámico | Corán |
Robin Hood | R. L. Greene | Feudalismo inglés | Carta Magna |
El Conde Lucanor | Infante Juan Manuel | Feudalismo español | Partidas de Alfonso X |
Espejo de Paciencia | Silvestre Balboa | Colonialismo español | Ordenanzas de Cáceres |
Los Tres Mosqueteros | Alejandro Dumas | Absolutismo francés | Ordenanzas Reales |
El Último de los Mohicanos | James F. Cooper | Colonialismo británico | Disposiciones Fundamentales |
La Conspiración de los Iguales | Ilya Ehrenburg | Revolución burguesa francesa | Código Napoleónico |
El Reino de este Mundo | Alejo Carpentier | Independentismo haitiano | Ley Constitucional |
Cecilia Valdés | Cirilo Villaverde | Colonialismo español | Bando de Gobernación y Policía |
La cosecha de los últimos años ha sido magra, pero continúo plantando simientes en suelo de secano y rápido escurrimiento, condición adquirida, no por el cambio climático sino por los cambios tecnológicos: el teléfono móvil, ingenioso engendro, a la vez, formidable y perturbador.
Estoy profundamente convencido que derecho y literatura; literatura y derecho, son dos caras de una misma moneda: la humanidad.
¡Salvémosla con una cultura auténtica y digna!
[1]Contextos jurídicos de expresiones literarias, La Habana.