Los cuadros se desempeñan en la función pública y se definen como tra-bajadores que poseen la capacidad laboral requerida, una sólida preparación técnico-profesional, habilidad de dirección, disciplina, constante exigencia, y cuentan con cualidades patrióticas, revolucionarias, político-ideológicas y éticas
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez
Una tercera pieza clave en el sistema de trabajo con los cuadros del Estado y del Gobierno y su reserva, sin lugar a dudas, es el recientemente promulgado Decreto Presidencial número 711, de fecha 8 de noviembre de 2023, contentivo en su Anexo Único del Código de Ética de los Cuadros de la Revolución Cubana, publicado en la Gaceta Oficial de la República el 15 de enero de 2024, cuyo cuerpo normativo lo integran un Preámbulo y quince Valores y Principios, inherentes a dicha condición; obviamente, las dos piezas medulares del ensamblaje de dicho sistema, son el Decreto-Ley 13, Sistema de Trabajo con los Cuadros del Estado y del Gobierno y sus reservas, de 18 de junio de 2020 y el Decreto Presidencial 208, Reglamento del Sistema de Trabajo con los Cuadros del Estado y del Gobierno y sus reservas, de 4 de marzo de 2021.
Es prudente aclarar que la promulgación del nuevo Código de Ética, deja sin efectos el que fue promulgado en su oportunidad, al que sustituye, a todos los efectos, en las referencias al Código de Ética de los Cuadros del Estado cubano dispuestas en dichas normas.
¿Qué es un cuadro?
Para el comandante guerrillero Ernesto Che Guevara, el cuadro (1962), como dirigente político, es un individuo que ha alcanzado el suficiente desarrollo político como para poder interpretar las grandes directivas emanadas del poder central, hacerlas suyas y transmitirlas como orientación a la masa, percibiendo además las manifestaciones que ésta haga de sus deseos y sus motivaciones más íntimas. Es un individuo de disciplina ideológica y administrativa, que conoce y practica el centralismo democrático y sabe valorar las contradicciones existentes en el método para aprovechar al máximo sus múltiples facetas; que sabe practicar en la producción el principio de la discusión colectiva y decisión y responsabilidad únicas, cuya fidelidad está probada y cuyo valor físico y moral se ha desarrollado al compás de su desarrollo ideológico, de tal manera que está dispuesto siempre a afrontar cualquier debate y a responder hasta con su vida de la buena marcha de la Revolución. Es, además, un individuo con capacidad de análisis propio, lo que le permite tomar las decisiones necesarias y practicar la iniciativa creadora de modo que no choque con la disciplina.
El cuadro, pues, es un creador, es un dirigente de alta estatura, un técnico de buen nivel político que puede, razonando dialécticamente, llevar adelante su sector de producción o desarrollar a la masa desde su puesto político de dirección.
El intelectual y revolucionario cubano, Alfredo Guevara Valdés (1925-2013), presidente fundador del Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos (ICAIC, en marzo de 1959), también director y fundador del Festival Internacional del Nuevo Cine Latinoamericano de La Habana, en entrevista televisiva concedida al cantautor y conductor de Con 2 que se quieran, Amaury Pérez Vidal (1953), en cierta ocasión, confesó públicamente que no le agradaba la voz de cuadro por su connotación anfibológica, para quienes se desempeñaban en la función pública como autoridades políticas; no obstante, Alfredo Guevara, al frente de la industria cinematográfica nacional, sin lugar a dudas, con su labor destacadísima de cuadro, enalteció al cine cubano.
El Decreto-Ley 13/2020, en su artículo 5.1 y 2, nos ofrece la definición legal de cuadros; dice así:
Los cuadros se desempeñan en la función pública y se definen como trabajadores que poseen la capacidad laboral requerida, una sólida preparación técnico-profesional, habilidad de dirección, disciplina, constante exigencia, cuentan con cualidades patrióticas, revolucionarias, político-ideológicas y éticas, asumen los principios consagrados en la Constitución de la República, la política trazada por el Partido Comunista de Cuba y los principios enmarcados en el concepto de Revolución.
2. Ocupan, por elección o designación, los cargos de dirección en los órganos, organismos, entidades nacionales, órganos locales del Poder Popular y demás entidades, así como en unidades organizativas y unidades de base. (…).
A modo de complemento, prudente es reseñar los requisitos exigidos al cuadro en la propia norma jurídica; sus artículos 18 y 19, los describen en generales y específicos:
Los requisitos generales que necesitan cumplir los cuadros para desempeñar
los cargos son:
a) Estar identificado con la ideología y los principios éticos de la Revolución cubana, y actuar con modestia, sencillez, transparencia, honradez y la debida discreción;
b) ser ciudadano cubano residente permanente en el territorio nacional y no tener otra ciudadanía;
c) alcanzar resultados satisfactorios en el trabajo;
d) mostrar dominio y conocimiento de la actividad que va a realizar;
e) poseer la capacidad requerida para planificar, organizar, dirigir y controlar;
f) tener una sólida preparación técnico-profesional para el cargo a ocupar;
g) asumir un comportamiento laboral responsable, disciplinado y de exigencia;
h) tener prestigio, reconocimiento social y ser ejemplo personal;
i) disfrutar de un estado de salud adecuado para llevar a cabo su trabajo con normalidad; y
j) alcanzar la preparación específica para el cargo, previo a su promoción.
Los órganos facultados y los jefes de los órganos, entidades nacionales y órganos locales del Poder Popular, en los reglamentos internos de cuadros de sus respectivos sistemas pueden establecer otros requisitos específicos que estén en correspondencia con las atribuciones y funciones propias del desempeño de los diferentes cargos o las características de la actividad de que se trate y no contradigan los objetivos principales y los principios en que se fundamenta la selección de cuadros.
Valores y Principios
Como fue apuntado más arriba, el Decreto Presidencial número 711 de 2023, devino en nuevo Código de Ética de los Cuadros de la Revolución Cubana para quienes ostentan tal condición oficial en las estructuras estatales y gubernamentales nacionales.
En progresión lógica sobre el asunto abordado, es conveniente un circunloquio en cuanto a lo que es un valor y lo que es un principio, sin profundizaciones teóricas o doctrinarias, salvo la simple comprensión de tales conceptos en aquellos que no son sociólogos ni filósofos, simplemente, interesados en el contraste.
Los principios son parámetros éticos de carácter universal, dirigidos a trazar rutas en la vida social; en tanto, los valores son guías orientadoras para definir el adecuado comportamiento de los miembros de la sociedad.
Así, yuxtapuestos políticamente, los valores derivan de los principios éticos y sus metas u objetivos son el conducir o guiar a los miembros de la sociedad a un obrar exigido, de forma individual y colectiva, en correspondencia con el entorno sociopolítico en que viven; bajo tal óptica, se muestran los valores y principios que nos ocupan en esta oportunidad.
He aquí, mixtificados, valores y principios delineados por el Código de Ética de los Cuadros de la Revolución Cubana.
Patriotismo. Amar la patria, su historia, identidad y cultura; honrar los valores que conforman la nacionalidad cubana; guiar su conducta por el ejemplo de nuestros mártires, héroes y líderes; respetar los símbolos patrios; tener sensibilidad política; defender la Revolución; trabajar incesante y conscientemente, desde las funciones encomendadas, para protegerla de cualquier riesgo o amenaza que lesione su independencia, integridad o soberanía, afecte los intereses de la nación o debilite la unidad de los cubanos; prepararse para la defensa mediante la lucha armada si fuera necesario; y colocar los intereses del país por encima de los propósitos personales, de un sector o entidad.
Antimperialismo. Defender, preservar y ser fiel a los principios del Socialismo que hemos declarado irrevocable; mantener una actitud vigilante y de rechazo ante las acciones que pretendan la expansión o dominación política, económica, tecnológica y cultural de potencias imperialistas contra nuestra patria y pueblos del mundo; denunciar por todos los medios a su alcance y ser activo luchador, en cualquier ámbito, contra la agresión que representan las genocidas y crueles medidas de bloqueo económico, comercial y financiero y las campañas difamatorias y subversivas que enfrenta el país.
Fidelidad. Ser leal al Partido Comunista de Cuba, a la Revolución, al pensamiento e ideas de nuestro Héroe Nacional, José Martí, y del Comandante en Jefe de la Revolución, Fidel Castro Ruz; defender incondicionalmente, con valentía, honor, hasta las últimas consecuencias, los intereses del pueblo, del Estado y el Gobierno; basar las relaciones de amistad en la coincidencia y el respeto de los principios y en la moral revolucionaria.
Honestidad. Actuar con honradez; no mentir jamás, ser sincero, no ocultar ni tergiversar la verdad; luchar contra la mentira, el engaño, la demagogia y el fraude; combatir enérgicamente todo intento de amordazar y obstaculizar la crítica, así como la complacencia y la tendencia a exagerar los éxitos; practicar consecuentemente la crítica y la autocrítica; mantener un comportamiento coherente con la forma de pensar y de decir; exponer con respeto sus criterios y opiniones en la forma, lugar y momento adecuados; reconocer y rectificar cuando aprecie que ha cometido un error.
Honor. Demostrar firmeza de carácter; cultivar la vergüenza, la dignidad y el decoro; rechazar y denunciar cualquier ofrecimiento que atente contra ellos; “defender valores en los que se cree al precio de cualquier sacrificio”; ser tenaz cumplidor de los compromisos contraídos y la palabra empeñada.
Disciplina. Fomentar el respeto y la lealtad conscientes al Partido Comunista de Cuba, contribuir con su desempeño al cumplimiento de los programas, lineamientos y acuerdos aprobados por su Congreso y demás organismos de dirección partidista; cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes; promover permanentemente el conocimiento de las disposiciones jurídicas que regulan la vida económica y social del país, fundamentalmente las concernientes a la actividad en que labora; tener presente el valor del ejemplo personal; educar y practicar, consigo mismo y con los demás, la exigencia del orden y el acatamiento riguroso de las normativas que se establezcan.
Altruismo. Entregarse por entero y con amor al desempeño cabal de la responsabilidad encomendada; no asumir, como medio de vida, ninguna otra labor que lo sustraiga de su deber; tener inquietud revolucionaria; emplear todas sus energías y talento en las tareas asignadas, sin ambiciones personales; demostrar capacidad de sacrificio a favor del bienestar colectivo; sentir la satisfacción de ser útil a la obra común de nuestro pueblo.
Humanismo. Actuar de buena fe; respetar la dignidad de las personas; ser tratado y tratar a los demás como seres humanos, con justicia e igualdad plena, sin discriminación de ningún tipo; apreciar y estimular el mérito de los integrantes de su equipo de trabajo por sus cualidades éticas, capacidad real demostrada y aportes al bien común; tener vocación de servicio; ponerse en el lugar de los demás antes de adoptar decisiones cuyas consecuencias futuras no afrontará personalmente; mostrarse solícito ante los problemas de sus compañeros y también de quienes se relacionan en razón de las funciones que desempeña; dedicar a su familia la atención integral necesaria.
Solidaridad. Mostrar comprensión y sensibilidad humanas hacia los problemas y dificultades de los demás, canalizarlos, gestionar su solución, dar respuesta oportuna y ayudar a resolverlos con sus propios esfuerzos y recursos a su alcance; identificarse con los principios del internacionalismo proletario enarbolados por nuestra Revolución y aportar su capacidad, inteligencia y experiencia a otros pueblos del mundo, si fuera necesario.
Profesionalidad. Cultivar para sí mismo y fomentar en su colectivo una elevada cultura política, económica y jurídica; desarrollar el intelecto propio e incentivar el de sus subordinados; actuar conforme a las normas éticas, legales y técnicas de su actividad profesional; practicar la autopreparación y autosuperación constantes; tener una mirada autocrítica de su propio trabajo; reconocer logros y plantearse metas superiores en pos de la calidad, la eficiencia y la eficacia; combatir el burocratismo; anticiparse a los problemas, buscar soluciones integrales, sostenibles y en armonía con el medio ambiente; promover y aplicar los resultados de la investigación, el conocimiento científico y la comunicación social; participar activamente en la informatización y la transformación digital de los procesos que dirige y de la sociedad; enfrentar la adversidad con optimismo y creatividad, que inspire y motive la innovación; afrontar y sobreponerse con realismo a las dificultades; desarrollar iniciativas con la convicción de que sí se
puede avanzar y tener éxitos.
Colaboración. Sostener relaciones humanas basadas en el compañerismo, coordinación, cooperación, responsabilidad, respeto y confianza mutua; promover el trabajo en equipo, el intercambio de información, conocimientos, experiencias y buenas prácticas; contribuir a la educación y formación de las nuevas generaciones; fortalecer en su colectivo laboral y la comunidad donde vive la unidad y el compromiso de todos con los objetivos comunes; compartir las dificultades y los grandes esfuerzos, aportando y exigiendo todo el empeño y consagración necesarios.
Probidad. Asumir una actitud íntegra en el desempeño de las funciones asignadas; mantener la correcta administración de los recursos materiales y financieros del Estado, velar por que se utilicen eficaz, racional y eficientemente para los fines del desarrollo económico y social de la nación; establecer y exigir su protección y control; gestionar el capital humano e implementar la política de cuadros sobre las bases del mérito, la capacidad e idoneidad demostrada; prever, combatir y denunciar toda manifestación de indisciplina, ilegalidad, delito y corrupción en el ámbito administrativo; tener en cuenta que la corrupción denigra tanto a quien incurre en ella, como a quien la tolera.
Responsabilidad. Cumplir las funciones asignadas; decidir, dentro de las atribuciones que le corresponden, sin aguardar por orientaciones superiores innecesarias y sin temor a las consecuencias de un eventual error personal; prever y valorar los riesgos y trascendencia de sus actos con “sentido del momento histórico”; proponer soluciones razonadas y fundamentadas, sin que ello implique el incumplimiento de normas establecidas; promover y motivar la participación del colectivo en la dirección y asumir la responsabilidad individual de sus decisiones; preservar el secreto estatal; mantener un comportamiento cabal en la comunidad de residencia y ante la sociedad en general.
Transparencia. Mostrar disposición al diálogo y a la comunicación eficaz, vincularse e interactuar permanentemente con los trabajadores y el pueblo por todos los medios posibles; demostrar respeto y confianza en ellos de modo que estimule el intercambio franco y abierto de opiniones; mantenerse informado y ofrecer información pública veraz, clara y oportuna; escuchar, asumir y tener en cuenta sus criterios, ideas y propuestas para abrir nuevos cauces al desarrollo político, económico y social; rendir cuentas sobre su conducta y desempeño en la responsabilidad y funciones asignadas.
Austeridad. Mantener un estilo de vida que le haga acreedor del respeto y la confianza de los demás; asumir la autoridad otorgada como un honor y un compromiso, nunca como una ventaja personal; rechazar los privilegios y el acomodamiento, consciente de que el ejercicio de la dirección no confiere ningún derecho o preferencia sobre los demás; ser ejemplo y promover la honradez, sencillez y modestia, tanto en el ámbito laboral y social como en la vida personal, en el espacio físico y digital; motivar y exigir igual comportamiento de su familia y compañeros de trabajo.
Los cuadros de la Revolución Cubana han de hacer suyos los valores y principios éticos y morales reconocidos en este Código, conscientes de que asumen el firme compromiso y la responsabilidad de alcanzar resultados superiores en la labor que realizan, en favor del bienestar del pueblo y el desarrollo sostenible de la sociedad.
Cuando estos valores y principios sean quebrantados, se realizará el análisis disciplinario de conformidad con los estatutos, disposiciones normativas o reglamentos aplicables, con independencia de otras responsabilidades que se exijan, en correspondencia con la gravedad de las violaciones cometidas
Este párrafo final del susodicho Código, nos conduce al régimen disciplinario especial destinado a los cuadros estatales y gubernamentales cubanos, para aquellos que transgredan las normas pertinentes en la función pública que desempeñan.
Infracciones disciplinarias de los cuadros, según el Decreto ley 13 de 2020
Artículo 29.1. Constituyen infracciones de la disciplina de los cuadros en la entidad o en ocasión del trabajo las siguientes:
a) Incumplir la Constitución, las leyes, reglamentos o cualquier otra norma jurídica o documento rector dictado que resulte de aplicación en la actividad en que laboran;
b) cometer hechos considerados como corrupción administrativa;
c) perjudicar económicamente, con intención o por imprudencia, a la entidad donde labora, o por ser responsable del incumplimiento injustificado de un contrato económico o permitir la inclusión de cláusulas lesivas en él;
d) ocasionar daño y pérdida de los bienes de la entidad o de terceras personas en ocasión del desempeño del trabajo;
e) cometer hechos o incurrir en conductas que pueden ser constitutivos de delitos;
f) falsear, ocultar u omitir la información que debe suministrar, hacer uso indebido de ella o violar las disposiciones vigentes en la entidad sobre la seguridad y protección de la información oficial y la seguridad informática;
g) ser responsable colateral de las violaciones e infracciones que por razón de su cargo debió enfrentar, conocer o adoptar medidas para evitar que ocurrieran;
h) violar las disposiciones establecidas sobre el Sistema de Trabajo con los Cuadros;
i) ser negligente en el desempeño de su cargo;
j) traspasar los límites de su autoridad o hacer mal uso de ella; o adoptar medidas de represalias con trabajadores que discrepan o exponen opiniones no coincidentes con las suyas;
k) incumplir las normas del Sistema de Control Interno;
l) emplear o promover a cargos de cuadros, o de otra categoría ocupacional a personas por amistad o parentesco, o por cualquier otra motivación, o ubicarlos en cargos que afecte las relaciones de contrapartida, o permitir que sus subordinados lo hagan.
m) afectar el prestigio, imagen u otros valores de la entidad, directamente o por orientaciones indebidas impartidas por un superior;
n) incumplir las indicaciones u orientaciones de sus superiores, siempre que el acto de desobediencia no se realice en defensa del cumplimiento de la Constitución y las leyes o en evitación de perjudicar económicamente la entidad;
ñ) dejar de aplicar algunas de las medidas previstas en este Decreto-Ley para las violaciones de la disciplina; e
o) incurrir en las incompatibilidades establecidas para el cargo o actividad.
2. El cuadro es responsable colateral cuando, siendo superior jerárquico inmediato de los violadores o infractores y sin tener participación directa en los hechos, se demuestra que su falta de exigencia, su conducta negligente o por la no aplicación de los controles establecidos, facilitó la ocurrencia de acciones violatorias de la disciplina por parte de los infractores o que, habiendo conocido de dichas violaciones e infracciones, no las enfrentó o no las informó de inmediato.
3. Además de los hechos y conductas señaladas anteriormente, constituyen infracciones de la disciplina las instituidas para los trabajadores en la legislación de aplicación general, incluidas las que se disponen en los reglamentos disciplinarios internos de las entidades donde laboran como cuadros.
¡Entonces, el numeral 3 de este artículo se engarza con el Código de Trabajo, prueba de la comunidad identitaria entre trabajadores y cuadros!
Consecuentemente con las infracciones disciplinarias perpetradas, entonces surge el proceso de aplicación de medidas disciplinarias por la comisión de tales violaciones, contenidas en la propia norma legal.
Medidas disciplinarias de aplicación a los cuadros
Artículo 30.1. Las infracciones de la disciplina son manifestaciones incompatibles con el actuar de los cuadros y, por tanto, son objeto de aplicación de las medidas disciplinarias siguientes:
a) Amonestación pública;
b) multa hasta el importe del veinticinco por ciento del salario de un mes, mediante descuentos de hasta un diez por ciento del salario mensual;
c) democión a un cargo de inferior jerarquía, de igual categoría ocupacional y de condiciones laborales distintas, con pérdida del cargo que ocupaba el infractor;
d) democión a un cargo de inferior jerarquía y diferente categoría ocupacional, con pérdida del cargo que ocupaba el infractor;
e) separación definitiva de la entidad;
f) separación definitiva del sistema de un órgano estatal nacional, organismo o entidad nacional; y
g) separación del sector o actividad.
2. Los cuadros electivos pueden ser objeto de aplicación de las medidas disciplinarias que se establecen en el presente Decreto-Ley.
No es ocioso consignar que, cuando uno de los anteriores correctivos disciplinarios es aplicado, el cuadro sancionado puede acudir a los recursos de impugnación contra la decisión de la autoridad u órgano impositor, también ofrecidos en la propia norma, pero cuya descripción escapa a los propósitos de esta digresión.
Culmino, como en tantas otras ocasiones, rememorando un pasaje cervantino, de plena aplicación a lo expuesto.
Enrumbados hacia la ciudad del Toboso, donde el Caballero de la Triste Figura esperaba ver a su amada señora Dulcinea, mientras cabalgaban el polvoriento camino sobre Rocinante y el rucio, Quijote y Sancho entablaron moralizante plática, una de cuyas aristas fue la de los pecados capitales.
Así, ¡oh Sancho!, que nuestras obras no han de salir del límite que nos tiene puesto la religión cristiana, que profesamos. Hemos de matar en los gigantes a la soberbia; a la envidia, en la generosidad y buen pecho; a la ira, en el reposado continente y quietud del ánimo; a la gula y al sueño, en el poco comer que comemos y en el mucho velar que velamos; a la lujuria y lascivia, en la lealtad que guardamos a las que hemos hecho señoras de nuestros pensamientos; a la pereza, con andar por todas las partes del mundo, buscando las ocasiones que nos puedan hacer y hagan, sobre cristianos, famosos caballeros.
Ves aquí, Sancho, los medios por donde se alcanzan los extremos de alabanzas que consigo trae la buena fama[1].
Así también debe ser la obra social de los cuadros del Estado, el Gobierno y de todas sus dependencias políticas, orgánicas y funcionales, sin exorbitar los límites de actuación trazados por su legislación específica, más el Código de Ética de los Cuadros de la Revolución Cubana, cuya estricta observación granjeará las alabanzas del pueblo, como justa buena fama de aquellos.
[1] Cervantes y Saavedra, Miguel de: El ingenioso Don Quijote de La Mancha, Segunda Parte, Capítulo VIII.
Publicación Recomendada: