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Interactúa con el Código de la Familia Parte 3

Interactúa con el Código de la Familia Parte 3

Al Derecho, Cabaiguán, Código de las familias, Cultura, Sociedad
TÍTULO III Del parentesco y la obligación de dar alimentos Respuesta de la Parte 2 Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Protegidos los derechos del autor 2022) OCSETNERAPBNAOÑOXNFSLOJIHNTOIOIIITAIIINTGCHDHRNSINAAIACBCNDEDISREOIEAMOLEYFSOPDINIEGUYNOCLOFNOICPODA 1. Vínculo familiar establecido entre personas unidas por la sangre o por el matrimonio, tendido entre una de aquellas y los consanguíneos de la otra. 2. Denominación genérica que abarca todo lo indispensable para satisfacer las necesidades de sustento, habitación, vestido, conservación de la salud, recreación, cuidado personal y afectivo, así como los requerimientos para la educación y desarrollo del alimentista. 3. Carácter de la exigencia legal inexcusable de dar alimentos en la persona del alimentante. 4. Pr...
El Código de las Familias rescribe el Código Civil

El Código de las Familias rescribe el Código Civil

Al Derecho, Cabaiguán, Sociedad
Usted y yo, estimado lector o lectora, somos personas naturales dotadas de capacidad jurídica, expresión que define el atributo de ser titular de derechos y obligaciones, desde nuestro nacimiento hasta el día final de nuestras vidas y, en consecuencia, disfrutamos la capacidad de establecer relaciones jurídicas con otros sujetos de derecho. Por: Arturo Manuel Arias Sánchez La capacidad jurídica se desdobla en capacidad de derecho (o de goce, de adquirir) y en capacidad de hecho (o de obrar, de ejercicio o acción); la primera, vale decir la capacidad de derecho, es la esencia del sujeto y existe desde su nacimiento, en tanto que la capacidad de hecho es el potencial que acompaña al individuo en su aptitud para el ejercicio de sus derechos que, en razón de su edad, puede ser plena ...
Código y códigos

Código y códigos

Al Derecho, Cabaiguán, Sociedad
Desde la remota isla de Santa Elena, donde purgaba su reclusión de por vida, Napoleón Bonaparte exclamaba, lleno de pesares: Mi verdadera gloria no es haber ganado cuarenta batallas; Waterloo borrará el recuerdo de tantas victorias. Pero lo que vivirá eternamente es mi Código Civil. Arturo Manuel Arias Sánchez (Licenciado en Derecho) No le faltaba razones para pensar de este modo: su Código Civil de los franceses (1804), así bautizado, empujó sobremanera el proceso codificador de normas jurídicas, en arrollador movimiento desde entonces, visible en los códigos que abordaremos en esta digresión: el Código de las Familias, todavía en ciernes, el Código de Procesos, vigente desde inicios de este año, y el Código de Trabajo, impronta laboral desde el año 2013; todas normas cubanas do...
El Código de la armonía y la felicidad

El Código de la armonía y la felicidad

Cuba, Portada
La socióloga Yadira Pérez Serrano considera que el código que hoy se somete a consulta popular conduce a contemplar la realidad social de las familias cubanas en su pluralidad y diversidad, y a superar lógicas machistas, arcaicas y patriarcales FREE minds, free society (mentes libres, sociedad libre, por su traducción del inglés) es un credo que invita a transmutar algunas creencias de base con las que hemos sido educados y constituyen un freno para el desarrollo espiritual y personal del ser humano, para su convivencia desde el respeto a las otredades. Este mensaje, junto a una imagen icónica de la mítica gladiadora por los derechos de todas las personas Angela Davis, está en la foto de perfil en WhatsApp de Yadira Pérez Serrano, joven socióloga en el Centro de Investigaciones P...
Obligación, acción y prescripción en el Código de las Familias

Obligación, acción y prescripción en el Código de las Familias

Al Derecho, Cabaiguán
Obligación, acción y prescripción:  Las tres voces son palabras que las amo, las adhiero, las persigo, las muerdo, las derrito, como dijo Neftalí Ricardo Reyes Basoalto, verdadero nombre de Pablo Neruda (1904-1973), utilizadas hoy por juristas y medios nacionales de información, cuya intención es ilustrar a la población cubana, abocada en breve, a consulta popular sobre el Proyecto de Ley de Código de las Familias (la anterior fue el 24 de febrero de 2019, en ocasión del referendo constitucional). Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Licenciado en Derecho) Una a una, las abordaremos por su impacto familiar y social bajo la égida del nuevo texto en ciernes. Acción Resulta muy conocida en el mundo cinematográfico la frase ¡cámaras, luces, acción!, pronunciada por el directo...
Código de todos y entre todos

Código de todos y entre todos

Foto de Hoy
La consulta popular con respecto al Proyecto del Código de las Familias, vuelve a reunir a los cabaiguanenses bajo la luz de cualquier hogar, centro de trabajo y hasta de la misma luna porque promete revolucionar temas relacionados con la convivencia de las personas. Por: Redacción Digital No se trata de un documento de levanta la mano y vete, y si eso sucede es porque no está bien dirigida la consulta, este es un código que tiene que escribirse entre todos y  por eso, cuando las noches se hacen más frías, son muchos los cabaiguanenses que agarran el abrigo para que su opinión, valga y transforme. Publicación Recomendada: Comienza en Cabaiguán consulta popular del Proyecto del Código de las Familias (+ Audio y Fotos)
El viejo y el Código de Las Familias

El viejo y el Código de Las Familias

Cabaiguán
El proyecto del Código de las Familias contempla los derechos del adulto mayor en la República de Cuba Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Licenciado en Derecho) Era un viejo flaco y desgarbado, con arrugas en el cuello, frisaba las siete décadas y media de existencia; todo en él era viejo, salvo sus ojos, alegres; su boca, desdentada, a veces sonreía: había sido un trabajador de oportunidades, aquí, allá o acullá, en labores de todo tipo, pero siempre desvinculado del empleo estatal y, por ende, a esta altura de su vida, sin derecho a una pensión por vejez; se llamaba Santiago (no de Chile, ni de Compostela ni de Cuba) y vivía en una ciudadela de nuestro entorno vecinal en calidad de usufructuario de habitación; por familiares, tenía un hermano jubilado y tres sobrinos; la soledad...
¡Desastres! en el Código de Trabajo cubano

¡Desastres! en el Código de Trabajo cubano

Cabaiguán
El Reglamento del Código de Trabajo, en el seno de sus artículos 35 y 36, ampara las llamadas situaciones de desastres Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Abogado, especialista en Derecho Laboral) ¡Quién sabe si los creadores del héroe de comics o muñequitos, nombrado Superman (1938), como se bautizaba en mi remota niñez a tales relatos de ficción, los norteamericanos Joe Shuster y Jerry Siegel, se inspiraron en el origen etimológico de la palabra desastre (del latín disastrum: prefijo dis, contrariedad, oposición, separación; sufijo astrum: astro, estrella) para concebir la explosión del imaginario planeta Kriptón y hacer llegar al nuestro al superhéroe dotado de poderes sobrenaturales!  Un desastre es sinónimo de calamidad o catástrofe, gran desgracia que sume en la deses...
¿Puedo casarme con un (a) muerto (a)?

¿Puedo casarme con un (a) muerto (a)?

Al Derecho, Cabaiguán
Establecida inobjetablemente la condición de viuda (¡o viudo!) supérstite, en virtud de la sentencia que reconoció judicialmente su unión matrimonial no formalizada con el muerto, le asisten todos los derechos de sucesión previstos en el Código Civil Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Licenciado en Derecho) No se trata del perturbado novio que, según contaba el viejo enterrador de la comarca, abrazaba con apasionado frenesí el rígido esqueleto de su amada, en tanatológica letra de la canción Boda Negra, del compositor Alberto Villalón, interpretada por María Teresa Vera u Orestes Macías, indistintamente; ni de un rito satánico de ultratumba o ceremonia oscurantista medieval, ni tampoco de una aberración necrofílica, o de celebración de nupcias tras la resurrección de los muertos e...
Un trabajador singular, ¡el cuadro! (Segunda  parte)

Un trabajador singular, ¡el cuadro! (Segunda parte)

Al Derecho, Cabaiguán
El tratamiento jurídico-laboral al trabajador que se desempeña como dirigentes tiene sus particularidades con respecto al resto de los empleados, así se convierte en un trabajador singular Por: Arturo Manuel Arias Sánchez Satisfecho con la publicación en este medio digital del precedente, en lo que se asemeja a una corta saga, aunque convencido de que fue muy poco leído, acometo la segunda parte de mi artículo “Un trabajador Singular, El cuadro” Para el lector no iniciado en el asunto, a manera de serial televisivo, resumo el “capítulo” anterior: en aquel se trazó un parangón entre las categorías ocupacionales de trabajadores, en sentido general, y de cuadros, tuteladas, respectivamente, por el Código de Trabajo (Ley 116 de 2013) y su Reglamento (Decreto 326 de 2014) y la veni...