Las celebraciones cristianas en el nuevo Código de Trabajo
Vindicación de las celebraciones cristianas como manifestaciones del patrimonio cultural cubano en el nuevo Código de Trabajo
La vigente Constitución de 2019 tutela en su artículo 57 que las personas tienen derecho a profesar creencias religiosas o no.
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez
Repasemos la historia.
Cuando el monje rumano-búlgaro Dionisio, el Exiguo (¿qué le negaría la madre natura al pobre y culto fraile para que sus contemporáneos le endilgaran tal mote: su baja estatura, su abultado vientre o la ridiculez de su apéndice vermiforme o del fálico?) bajo bula papal, fechó, para honra y errores[1] suyos, el nacimiento (o natividad) de Cristo el día 25 de diciembre del año 754 de la fundación de Roma (hasta entonces, los romanos contaban los años a partir de la fundación ...