¿Es lo mismo reclamar una violación salarial que exigir la indemnización por imposición indebida de medida disciplinaria?
Con malsana frecuencia los empleadores y
los órganos de justicia laboral, ambos por ignorancia supina, confunden la
indemnización económica exigida por el trabajador, cuya medida disciplinaria
inicial fue modificada por otra de menor severidad, con la reclamación de
violaciones del régimen salarial bajo el que labora y devenga sus haberes:
¡craso error!
Son dos instituciones laborales
diferentes, cuyo único denominador común es el pago de salarios, suspendidos o
disminuidos a consecuencia de una medida disciplinaria aplicada o de
insuficiencias en su cálculo.
Con plena claridad el Código de Trabajo
delimita una y otra en sus preceptos.
Aquí los ofrezco:
Artículo 160. El
trabajador tiene derecho a recibir del empleador la reparación de los daños y
la indemnización de los perjuic...