Órganos auxiliadores de los empleadores
Las características de actuación de los empleadores vistos en los comités de expertos, los órganos de justicia laboral y las estructuras de actuación ante situaciones de discriminación, violencia y acoso en el ámbito laboral de las entidades cubanas
Los órganos auxiliadores de los empleadores se desempeñan al amparo del Código de Trabajo y su Reglamento.
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez
En concordancia con nuestra legislación de trabajo, los empleadores cubanos gozan de ciertas atribuciones y facultades discrecionales en el ejercicio de sus tareas de dirección y control en sus ámbitos laborales; otras, les son impuestas por mandato legal: los órganos auxiliadores.
Prudencia es retomar, del articulado del Código de Trabajo y su Reglamento, algunos de sus preceptos que apu...