Un trabajador singular, ¡el cuadro! (Segunda parte)
El tratamiento jurídico-laboral al trabajador que se desempeña como dirigentes tiene sus particularidades con respecto al resto de los empleados, así se convierte en un trabajador singular
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez
Satisfecho con la publicación en este medio digital del precedente, en lo que se asemeja a una corta saga, aunque convencido de que fue muy poco leído, acometo la segunda parte de mi artículo “Un trabajador Singular, El cuadro”
Para el lector no iniciado en el asunto, a manera de serial televisivo, resumo el “capítulo” anterior: en aquel se trazó un parangón entre las categorías ocupacionales de trabajadores, en sentido general, y de cuadros, tuteladas, respectivamente, por el Código de Trabajo (Ley 116 de 2013) y su Reglamento (Decreto 326 de 2014) y la veni...