
Viuda, heredera y pensionada
Según el Régimen General de Seguridad Social (Ley 105/2008) se considera familiares con derecho a pensión la viuda que participara en el régimen económico del núcleo familiar del causante o dependiera de éste
Según el Régimen General de Seguridad Social la viuda trabajadora tiene derecho a simultanear el cobro de la pensión con el salario que percibe.
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez
Los anales bíblicos relatan en el libro Génesis que Adán falleció a los novecientos treinta años de edad, entonces, conjeturo que Eva le haya sobrevivido y así devino en la primera viuda reconocida en la historia de la humanidad, según la tradición judeocristiana, perviva en nuestro país; mi presunción descansa, salvando épocas y latitudes, que en los asientos registrales civiles y de seguridad social...