El pago de la Contribución Especial a la Seguridad Social por parte de los usufructuarios de tierra los favorece con una pensión en la edad de jubilación, toda vez que protege a este potencial en casos de invalidez parcial, total o de muerte
Por: Alexey Mompeller Lorenzo
A los cabaiguanenses usufructuarios de tierra que no posean otro vínculo laboral ni se encuentren jubilados les asiste la obligación de efectuar el pago anual a la Seguridad Social; sin embargo, distinguen atrasos en declarar esta contribución especial, justo en la recta final de la liquidación marcada el 30 de septiembre.
Ir a descargarPublicación Recomendada: